Participación en las Elecciones Cataluña 2021

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Elecciones País Vasco y Galicia 2020

¿Por qué las elecciones vascas y gallegas nunca coinciden con las catalanas?

Las elecciones gallegas, vascas y catalanas coinciden en año desde 2009, cada 4 años, pero nunca se celebran el mismo día. ¿Por qué?

La celebración de las elecciones autonómicas en País Vasco y Galicia coinciden desde 2009 por cuarta vez consecutiva. Las elecciones vascas y las gallegas se celebran el mismo día, el próximo 12 de julio después de que tuvieran que ser aplazadas por el estado de alarma por coronavirus.

Nunca coinciden con las catalanas

Sin embargo, estos comicios autonómicos no coinciden con las elecciones al Parlamento catalán a pesar de que también se tiene que celebrar en 2020. Una de las explicaciones por las que nunca coinciden el mismo día podría estar en que ue los candidatos a las elecciones en País Vasco y Galicia prefieren campañas tranquilas, sin que el conflicto catalán entre en su debate electoral y avive los nacionalismos más radicales de ambos parlamentos.

Además la coincidencia de los comicios gallegos y vascos desde hace 11 años pretende conservar las inercias. Galicia ha tenido gobiernos conservadores durante 33 de los casi 39 años de régimen autonómico, y Euskadi, gabinetes nacionalistas durante 37 de los 40 años de autogobierno.

Sólo en el 2009, el lehendakari Juan José Ibarretxe, del PNV perdió la lehendakaritza, socialistas y populares sumaron mayoría en la Cámara vasca. Coincidió también que ese año, y ese mismo día, el socialista Emilio Pérez Touriño, presidente de la Xunta, perdió las elecciones y desde entonces, Alberto Nuñez Feijoó no ha dejado de reeditar mayorías absolutas.

Comunidades históricas

Galicia, País Vasco, Cataluña y Andalucía son las denominadas comunidades históricas, que cuentan con un Estatuto Autonómico y con Ley Electoral propios. Esto les otorga la potestad de poder controlar sus convocatorias electorales.

Cataluña, País Vasco y Galicia, tras la Transición, siguieron el procedimiento abreviado para definir su estatus autonómico al acogerse a la disposición segunda de la Constitución, que especifica que, en caso de contar con "proyectos de Estatuto y regímenes provisionales de autonomía" anteriores a 1978 cuando se promulgase la Carta Magna, se le reconocería su autonomía, siempre bajo los límites constitucionales.