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Coronavirus

¿Pueden las CCAA gestionar un estado de alarma en parte del territorio?

La oferta del Gobierno a las comunidades autónomas para que pidan la declaración del estado de alarma en todo o parte de su territorio es una aplicación novedosa, y no experimentada, de una solución casi además no utilizada hasta ahora incluso en todo el país. Es una nueva posibilidad para luchar contra el coronavirus, pero puede plantear algunas incógnitas.

El Gobierno aprobó el 14 de marzo de 2020 declarar el estado de alarma en todo el territorio español para afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus. Durante el periodo establecido se restringe la circulación de los ciudadanos, se garantiza el suministro de alimentos y productos necesarios para la salud pública, se regula la apertura de la hostelería, la restauración y los locales donde se realicen actividades culturales, artísticas, deportivas y similares, se prioriza el trabajo a distancia y se suspende la actividad escolar presencial. Esta novedosa situación dio lugar a todo tipo de preguntas e incluso bulos sobre lo que se podía hacer o no. El ministro de Sanidad tuvo bajo sus órdenes directas a las autoridades civiles de las Administraciones Públicas de todo el país, en particular las sanitarias. Tras diferentes prórrogas, aprobadas por el Congreso de los Diputados finalizó el 21 de junio, dando paso a las fases de la desescalada.

El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante decreto acordado por el Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados. La decisión de declarar el estado de sitio la toma el Congreso de los Diputados por mayoría absoluta, a propuesta exclusiva del Gobierno.

Que lo pida la comunidad

Ahora, tras las críticas por la falta de recursos jurídicos para tomar medidas extraordinarias, con decisiones aparentemente contradictorias de los jueces, que tienen que ratificar las restricciones decididas por las CCAA, lo que ofrece el Gobierno es atender las peticiones de las comunidades que estimen que son necesarias esas restricciones para controlar los rebrotes y la segunda oleada del coronavirus, sobre todo ante el inicio de la nueva temporada escolar y laboral. La propuesta partiría de la comunidad, pero se tramitaría de la misma manera, aunque el presidente de la comunidad sería el que podría reclamarlo ante el Congreso. De esta forma, sería el presidente de la comunidad el que tendría que dar la cara ante la opinión pública y el Parlamento. Aunque el Gobierno haría suya la propuesta del ejecutivo autonómico. Pedro Sánchez ha recordado que el artículo 5 de la ley que desarrolla el estado de alarma ya habilita a las CCAA para ello.

Dudas

Aparte del debate político sobre la decisión y de las dudas jurídicas que puedan aparecer, lo que sería novedoso en cuanto al funcionamiento de este estado de alarma parcial en términos geográficos sería el efecto y las consecuencias prácticas: habría zonas limítrofes sometidas al estado de alarma y otras sin ninguna restricción, incluso dentro de la misma comunidad. Al pasar a ser el presidente de la comunidad la autoridad competente a todos los efectos pueden parecer dudas sobre las decisiones que tome en aplicación del estado de alarma. También puede plantear incógnitas en cuenta que solo algunas comunidades autónomas tienen policía propia para vigilar el cumplimiento de la declaración.