¿Necesito un salvoconducto para ir a trabajar con las restricciones en Madrid?

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Confinamiento Madrid

¿Necesito un permiso o salvoconducto para ir al trabajo con las nuevas restricciones por el coronavirus en Madrid?

El Gobierno ha dado 48 a la Comunidad de Madrid para que acate la orden ministerial que obliga al cierre de Madrid y 9 municipios para frenar al coronavirus. La presidenta ha asegurado que la cumplirá aunque presentará recurso. Entrarán por lo tanto en vigor las restricciones a la movilidad. Contamos qué hacer para ir al trabajo durante el confinamiento de Madrid.

El viernes por la noche entrarán en vigor en la Comunidad de Madrid las restricciones a la movilidad recogidas en la orden ministerial que ha publicado este jueves el BOE y que este miércoles fue aprobada en el Consejo Interterritorial con el apoyo de la mayoría de las comunidades autónomas (socialistas) y el voto en contra de las regiones gobernadas por el Partido Popular.

Moncloa asegura que es de obligado cumplimiento y Madrid asegura que acata pero recurrirá porque considera que no se ha tenido en cuenta la situación epidemiológica del coronavirus en la comunidad.

¿Necesito un permiso o salvoconducto para ir a trabajar durante el confinamiento de Madrid?

La Comunidad de Madrid tiene cerca de 7 millones de habitantes y el 70% se va a ver afectado por las restricciones a la movilidad en Madrid y 9 municipios. Esta vez hay diferencias con el confinamiento que se decretó durante el estado de alarma por el Covid-19 y el cierre permitirá actividades entonces prohibidas y pondrá límites a la movilidad y a determinadas actividades.

Uno de los casos que más preocupan es cómo ir a trabajar. En este caso está justificado. Si el puesto de trabajo está dentro del mismo municipio en el que se vive, no es necesario un salvocoducto o permiso. Por ejemplo para quien vive en Madrid capital y trabaja en Madrid capital o para quien vive en Alcalá de Henares y trabaja en Alcalá de Henares. Pero ¿Qué ocurre si no trabajamos en la misma localidad en la que vivimos? entonces necesitaremos justificar el movimiento con un salvoconducto o permiso que nos facilite la empresa.

Ese mismo supuesto será necesario el salvoconducto para ir a un centro escolar, al médico a cuidar a una persona mayor, para hacer un examen que no se pueda aplazar, para gestiones urgentes o cuestiones de necesidad o fuerza mayor.

¿Qué está permitido hacer y que no en Madrid y el resto de municipios afectados?

La orden ministerial comunicada a las CC.AA. y de obligado cumplimiento según especifica el Gobierno da instrucciones específicas sobre cada actividad que se ve restringida por este cierre para doblegar la curva de la pandemia del coronavirus. Las normas afectan a movilidad, aforos, hostelería y comercios, reuniones privadas, funerales o parques. Consulta aquí las actividades permitidas y prohibidas en Madrid.

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