Ley del 'solo sí es sí'

La jueza María Jesús del Barco, sobre la ley del 'solo sí es sí': "Seguirán revisándose las condenas ya impuestas"

María Jesús del Barco, decana de los jueces de Madrid, habla en Antena 3 Noticias sobre cómo afectará esta modificación de la ley del 'solo sí es sí' a las actuales y futuras condenas.

La magistrada María Jesús del Barco

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El Gobierno trabaja en la reforma de la ley del 'solo sí es sí' después de que más de 270 condenados por delitos sexuales se hayan beneficiado de ella. El Ejecutivo está abierto a la posibilidad de resolver "los efectos indeseados" causados por la rebaja de penas de la ley ante la "preocupación social".

Hasta este viernes 278 condenados por delitos sexuales se han beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Además, 20 personas han sido excarceladas.

María Jesús del Barco, decana de los jueces de Madrid, habla en Antena 3 Noticias sobre cómo afectará esta modificación de la ley en las actuales y futuras condenas. Afirma que la modificación de la ley no revertirá las rebajas de condena realizadas.

"Todo el tiempo de vigencia de la ley no impedirá que se sigan revisando las condenas que han sido impuestas porque en cuanto esta ley resulta más favorable, deben revisarse las condenas aunque mañana se derogase", explica María Jesús del Barco.

En cuanto resulta ser una ley más beneficiosa para los condenados debe seguir aplicándose a las condenas ya impuestas

La decana asegura que la modificación "no soluciona" la situación que ha beneficiado a cientos de condenados tras la revisión de las penas. "Estos beneficios seguirán produciéndose para todas las penas impuestas", asegura.

Explica que aquellas condenas que no han sido revisadas todavía, quedan en la misma situación actual. Del Barco subraya que todas ellas "deben seguir revisándose" porque "en cuanto resulta ser una ley más beneficiosa para los condenados debe seguir aplicándose a las condenas ya impuestas".

Esta modificación se podrá aplicar para los hechos que se cometan a partir de su publicación

Una vez entre en vigor la modificación, deberá comprobarse si es más beneficiosa que la anterior o si es al contrario. "Esta modificación se podrá aplicar para los hechos que se cometan a partir de la publicación desde su entrada en vigor", recalca.

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