'Solo sí es sí'

La Fiscalía General fija el criterio para limitar la rebaja de penas por delitos sexuales

Con este decreto se reducen los supuestos en los que los fiscales apoyarán una rebaja de la condena inicialmente impuesta a los agresores sexuales.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida este jueves del Senado en Madrid después de participar en la inauguración del VIII Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. EFE

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La Fiscalía General del Estado ha emitido este lunes un decreto para que todos los integrantes del Ministerio Fiscal den una respuesta uniforme que garantice el principio de unidad de actuación ante la revisión de sentencias firmes derivada de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocida como 'Ley del solo sí es sí’.Es decir, con este decreto se reducen los supuestos en los que los fiscales apoyarán una rebaja de la condena inicialmente impuesta a los agresores sexuales.

Según explica la FGE en un comunicado, la revisión "solo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal". En cualquier caso, subraya que "cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso".

Este comunicado tiene lugar después de que, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual los jueces y tribunales hayan revisado numerosas condenas por abuso sexual rebajando más de una decena de penas, lo que ha supuesto la excarcelación de cinco personas.

El pasado jueves, el jefe del Ministerio Público ordenó a los fiscales superiores que recabasen y le remitiesen la información sobre los casos de condenas por delitos sexuales que se han revisado a causa de la entrada en vigor de la 'ley del solo sí es sí'.

García Ortiz dio la orden de que los fiscales superiores remitan a la FGE "aquellos autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias, así como los informes emitidos por el Ministerio Fiscal en las respectivas ejecutorias".

El decreto, de obligado cumplimiento para los miembros del Ministerio Fiscal, se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala, que se celebrará el viernes. Esta orden unifica el criterio del Ministerio Público en relación con la aplicación de la norma en el tramo inferior de las condenas en sentencia firme, que están ocasionando en estos últimos días rebajas en las penas.

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