TAMBIÉN SE MODIFICA LA NORMA SOBRE TATUAJES

Defensa baja cinco centímetros la altura mínima de las mujeres para acceder a las Fuerzas Armadas

Se cumple así una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, contraria a establecer la misma estatura para ambos sexos, como sucedía ahora. Además, ahora permitirá a las mujeres tener tatuajes que no sean visibles con el uniforme con pantalón.

Defensa baja cinco centímetros la altura mínima de las mujeres para acceder a las Fuerzas Armadas

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El Ministerio de Defensa ha decidido modificar la altura exigida a quienes quieren acceder a las Fuerzas Armadas y la ha establecido en 160 centímetros para los hombres y 155 centímetros para las mujeres, con independencia de las escalas y cuerpos. Con esta decisión se busca evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española.

Se cumple así una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de octubre del pasado año en contra de establecer unas estaturas mínimas comunes para ambos sexos. También la Fiscalía de la Comunidad de Madrid solicitó la estimación de una demanda interpuesta por una opositora que aspiraba a entrar en el Ejército y a la que se exigía, al igual que a los hombres, tener una estatura mínima de 160 centímetros.

Esta modificación fue pedida también por la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados a iniciativa de Ciudadanos, que advirtió de que un tercio de las mujeres españolas quedaban excluidas del acceso a la escala de oficiales de las Fuerzas Armadas por no llegar a los 160 centímetros de estatura.

La decisión del Ministerio de Defensa evita también que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción y trata de mantener unas tallas mínimas similares a las de los países del entorno de España "que permitan obtener la calidad física necesaria, compatible con las exigencias operativas de nuestras Fuerzas Armadas".

Respecto a la modificación de la normativa sobre tatuajes, las mujeres podrán llevarlos siempre que no sean visibles con el uniforme con pantalón -de uso común para hombres y mujeres-, aunque lo sean con el de falda. Se evitan así casos como el de una participante en unas pruebas de selección para un cuerpo militar, que fue rechazada por lucir un tatuaje en el empeine, que solo era visible cuando utilizaba el uniforme en su versión femenina, con falda.

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