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Caso Villarejo

Corinna Larsen tendrá que venir a declarar en persona en la Audiencia Nacional

Dos cambios en la investigación del caso Villarejo que afectan a Corinna Larsen. Se retrasa su declaración, como había pedido, pero no podrá hacerla por videoconferencia, tendrá que acudir a la Audiencia Nacional.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional ha aplazado al 28 de septiembre la declaración de Corinna Larsen. Estaba prevista para 20 días antes, el día 8. La antigua amiga del rey Juan Carlos está investigada por un presunto delito de cohecho dentro de las indagaciones que se siguen por el caso Villarejo. Mantuvo conversaciones con este ex policía, actualmente en la cárcel. Pero lo más importante es que el juez ha decidido que declare en persona, ya que no ve motivos que justifiquen una declaración por videoconferencia desde Londres, donde reside habitualmente.

¿Cómo se comprueba?

El magistrado Manuel García Castellón cree que no procede una declaración desde el despacho de sus abogados en Londres porque "no solo impide asegurar a este instructor que en efecto la declaración se vaya a realizar donde se afirma, sino que además no se aclara en qué modo se puede dar fe alguna de la efectiva identidad de aquella, de sus letrados, intérpretes, asistentes o cualquier otra persona o circunstancia concurrente, en términos que permita garantizar que la declaración se acomoda a las exigencias previstas en la ley procesal penal española", añade

La petición de aplazamiento de la declaración la había hecho su defensa. Se concede el retraso para que puedan "estudiar el procedimiento en condiciones que permitan el pleno ejercicio de su derecho de defensa constitucionalmente reconocido".

Situación sanitaria

No obstante, el titular del Juzgado de Instrucción número 6 admite que no se puede obviar la situación sanitaria concurrente y la evolución de la pandemia del Covid-19, así como las restricciones a la movilidad vigentes o que puedan acordarse por los diferentes Gobiernos. "De este modo, queda siempre a salvo la posibilidad que la investigada pudiera alegar razones de salud u otras de orden público para justificar los peligros inherentes al desplazamiento a la sede del órgano judicial". En ese caso, de cursarse la petición, "se valoraría la oportunidad de la realización de la declaración por medio de videoconferencia, en condiciones que permitan garantizar la salvaguarda del derecho de defensa, en todo caso, en lugar distinto al despacho de abogados de la investigada, como pudiera ser, por ejemplo, en la Embajada de España en el Reino Unido, y en presencia del Magistrado Instructor".

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