Estado de alarma

Continúan las críticas del Gobierno a la sentencia del TC sobre el estado de alarma

Mientras el Ejecutivo sigue mostrando sus discrepancias contra el Tribunal Constitucional, hoy se han conocido nuevos detalles de la sentencia que declara ilegal el primer estado de alarma

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Este viernes han continuado las críticas y reproches, por parte del Gobierno de Pedro Sánchez, al Tribunal Constitucional por su sentencia sobre el estado de alarma decretado durante la primera ola de la pandemia del coronavirus. Las más contundentes han sido Irene Montero, ministra de Igualdad, e Ione Belarra, responsable de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Montero ha asegurado que "lo más grave de todo es el secuestro que el PP hace sobre los órganos constitucionales de nuestro país". Ayer jueves, Belarra se expresó en términos parecidos al explicar que España tiene "un problema serio con la Justicia", que está haciendo "oposición al Gobierno". En España, dijo, "la oposición al Gobierno la están ejerciendo los jueces".

Durante los últimos dos días, el Ejecutivo no se ha molestado en esconder su disconformidad sobre el fallo judicial. El último en hacerlo ha sido el ministro de Interior, Fernando Grande Marlaska, quien,de forma más moderada, ha señalado que se trata de "discrepancias razonables y adecuadas que tiene cabida en un Estado de derecho".

Los detalles de la sentencia

Mientras, hoy se han desvelado algunos de los detalles de la sentencia del TC. Se trata de 81 folios en los que se deja claro que la restricciones de derechos durante el estado de alarma "fue de altísima intensidad".

En el auto también se señala que dicha figura legal, el estado de alarma, no permitía las restricciones que finalmente se aplicaron. Sostiene además, a modo de conclusión, que "ni el interés general pude prevalecer al margen de la ley sobre los derechos fundamentales".

Consecuencias

Las consecuencias de este dictamen son varias. En primer lugar, aquellas personas sancionadas durante el estado de alarma por haberlo violado y que todavía no hayan pagado las multas, no tendrán que hacerlo. Los que sí lo hicieron, contarán con base legal para reclamar el dinero.

La sentencia, sin embargo, rechaza partes del recurso, como la que también consideraba inconstitucional la limitación de la actividad económica que obligó al cierre de negocios. De haberse estimado ese punto, se hubiera abierto la puerta a reclamaciones económicas de negocios y empresas al Estado

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