TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
El Constitucional admite dos recursos de amparo de Anna Gabriel y Mireia Boya contra la decisión del Supremo de investigarlas
El Tribunal Supremo las está investigando por rebelión, sedición y malversación. Dice el Tribunal Constitucional que el caso tiene una trascendencia especial porque es un problema que nunca se les había planteado.

Publicidad
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad admitir a trámite dos recursos de amparo de las dirigentes de la CUP Anna Gabriel y Mireia Boya contra la decisión de Tribunal Supremo de asumir la competencia investigarlas. Ambas dirigentes recurrieron al Constitucional al entender que el Supremo no debía investigar la causa del proceso soberanista catalán, sino que debía seguirse en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y juzgados de esa comunidad autónoma.
Las dirigentes de la CUP recurrieron inicialmente a la Sala de lo Penal del Supremo, que confirmó la competencia de ese tribunal para conocer la causa especial por la que se investigan posibles delitos de rebelión, sedición y malversación. Por ello, las dirigentes de la CUP -procesadas por desobediencia únicamente- recurrieron al TC, que ahora ha admitido a trámite el recurso.
Más Noticias
-
Vicente Vallés: "Sánchez intenta convertir a Gaza en el asunto político del momento, y, por ahora, lo está consiguiendo"
-
Felipe VI denuncia el "brutal e inaceptable sufrimiento" de cientos de miles de personas en la Franja de Gaza
-
Reyes Maroto, citada a declarar por acusar al gobierno de Ayuso de "asesinar" a 7.291 mayores en residencias de Madrid durante el COVID
Gabriel (que se encuentra huida en Suiza y declarada en rebeldía) y Boya alegaron una cuestión de competencia del Supremo por su aforamiento, una vulneración del derecho a la doble instancia penal y al derecho al recurso efectivo y, por último, una vulneración al derecho al juez predeterminado por la ley y al juez imparcial. El Constitucional entiende que concurre una "especial trascendencia constitucional" dado que plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este tribunal. El tribunal de garantías da diez días a la Sala de lo Penal del Supremo para remitir las actuaciones.
Publicidad