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Trama Gürtel valenciana

Condenas de hasta 15 años para los responsables de la rama valenciana de la Gürtel por la visita del Papa Benedicto XVI

La Audiencia Nacional considera probado que el exdirigente del PP Pablo Crespo, y los otros cabecillas de la trama, Francisco Correa y Álvaro Pérez, cometieron delitos de prevaricación, malversación, fraude, cohecho y blanqueo en el contrato para la cobertura de televisión de la visita del papa Benedicto XVI en 2006.

La Audiencia Nacional ha impuesto penas de hasta 15 años y 5 meses de cárcel a los principales responsables de la trama valenciana de la Gürtel. Se considera probado que el exdirigente del PP Pablo Crespo, y los otros cabecillas de la trama, Francisco Correa y Álvaro Pérez, cometieron delitos de prevaricación, malversación, fraude, cohecho y blanqueo por la adjudicación del contrato para la cobertura de televisión de la visita del papa Benedicto XVI en 2006.

En la sentencia, la Sala de lo Penal de la Audiencia fija la mayor condena para el exdirigente del PP gallego Pablo Crespo. Al líder de la red Gürtel, Francisco Correa, lo condena a 13 años y 7 meses de prisión; y a Álvaro Pérez, el Bigotes, a 6 años y 9 meses.

También ha sido condenado a 6 años y 9 meses de prisión al exdirector de la Radiotelevisión Valenciana (RTVV) Pedro García Gimeno, en una sentencia en la que impone penas de cárcel a 19 de los 23 acusados, en un juicio marcado por el fallecimiento de uno de los procesados, el expresidente de las Cortes Valencianas y ex director general de la Policía Juan Cotino, cuando ya había prestado declaración ante el tribunal.

La audiencia ha considerado probado que varios delitos se cometieron en concurso medial (por un lado prevaricación, malversación y fraude y, por otro, blanqueo, la falsedad de documental y los delitos contra la Hacienda pública), por lo que, al penarlos por separado por ser más beneficioso para los acusados, las penas son más bajas que las solicitadas por las acusaciones. De los 22 acusados, 11 de ellos reconocieron esencialmente los hechos y los 12 restantes los negaron ejerciendo su legítimo derecho de defensa, si bien uno de ellos, Pablo Crespo, se negó a declarar.

En cuanto a los pronunciamientos civiles, la sentencia condena a la Fundación V Encuentro Mundial de la Familia como partícipe a título lucrativo, aunque declara extinguida la obligación de pago por no existir ya el ente RTVV y haber asumido sus obligaciones y deudas la Generalitat valenciana.