Permisos climáticos

¿Es obligatorio ir a trabajar en caso de alerta meteorológica? Así funcionan los permisos climáticos

El Real Decreto-ley 8/2024 regula estos permisos retribuidos que permiten ausentarse del trabajo hasta cuatro días por fenómenos meteorológicos extremos.

Lluvias torrenciales

Lluvias torrencialesEFE

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Las fuertes lluvias torrenciales que afectan a la costa mediterránea han dejado múltiples alertas en las provincias de Tarragona, Castellón y Valencia. En Aldaia (Valencia) se ha desbordado el barranco de La Saleta. Además, se han producido cortes de luz en Tarragona y las clases se han suspendido en varios colegios de Valencia y Cataluña.

Tras la DANA surgieron los llamados permisos climáticos, una herramienta legal para proteger a los trabajadores frente a fenómenos meteorológicos extremos. Se trata de permisos laborales retribuidos, regulados en el Real Decreto-ley 8/2024, que modificó el Estatuto de los Trabajadores. Su finalidad es garantizar la seguridad de los empleados cuando las condiciones climáticas hacen imposible o peligrosa la asistencia al trabajo, sin que ello implique una pérdida económica.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha insistido en que "la protección de las personas trabajadoras es lo primero" ante alertas naranjas o rojas.

¿En qué casos se puede pedir un permiso climático?

Los permisos climáticos pueden aplicarse en diversas situaciones de riesgo, entre ellas:

  • Lluvias torrenciales e inundaciones.
  • Nevadas que bloqueen carreteras o transportes.
  • Vientos de gran intensidad.
  • Olas de calor extremo.
  • Cualquier fenómeno que impida desplazarse con seguridad o cuando las autoridades emitan una prohibición oficial de movilidad.

La duración de este permiso es de hasta cuatro días, consecutivos o alternos, dependiendo de la evolución del fenómeno y de las recomendaciones de Protección Civil o la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).

Cómo reclamar un permiso climático

Para acogerse a este derecho, el trabajador debe acreditar que las condiciones climáticas impiden su desplazamiento seguro al centro de trabajo o que existe una restricción oficial que lo imposibilite. Debe comunicar de inmediato a la empresa la situación y la imposibilidad de acudir así como aportar, si es necesario, información oficial (avisos de la AEMET, cortes de carretera, suspensión del transporte público). La empresa deberá reconocer el permiso, que será retribuido al 100 %.

En caso de que el fenómeno se prolongue más allá de cuatro días, las compañías pueden recurrir a un ERTE por fuerza mayor, lo que traslada la cobertura al Estado.

Obligaciones de las empresas

El Ministerio de Trabajo ha recordado que las empresas están obligadas a informar lo antes posible de los riesgos y medidas adoptadas e interrumpir la actividad si la seguridad está comprometida. Así como evitar represalias: ningún trabajador puede sufrir sanciones o descuentos por acogerse a este derecho.

Además, los representantes sindicales tienen la capacidad de paralizar la actividad en caso de peligro grave por fenómenos meteorológicos.

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