Plusvalor

Qué es el impuesto de plusvalía, cómo reclamar y solicitar una devolución del dinero pagado

El Tribunal Constitucional ha declarado recientemente inconstitucional el impuesto de plusvalía, del cual recibían grandes cantidades de dinero los ayuntamientos, que han activado la alerta roja.

Plusvalor: Impuesto de plusvalía

Plusvalor: Impuesto de plusvalíaPixabay

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La continua actividad del Tribunal Constitucional está dando para mucho en los últimos tiempos, aunque hay un caso especialmente particular que afecta de lleno a toda España, sea cual sea la región, y sea quien sea el partido que gobierne en cualquiera de las zonas de nuestro país; la anulación del impuesto de plusvalía.

Pero, ¿en qué consiste el llamado impuesto de plusvalía? Se trata de un impuesto a nivel municipal que únicamente hacía referencia a los terrenos urbanos, y que, hasta ahora, debía pagar cada persona que se deshiciera de un inmueble, bien porque lo vendiera o heredase alguno de sus descendientes, por ejemplo. Dicho impuesto debía ser pagado por el propietario que se deshiciera del inmueble, porque esta norma daba por sentado que, durante el tiempo que estuviera en sus manos, había encarecido su valor, motivo por el cual los ayuntamientos exigían al propietario una compensación por el inmueble en forma de impuesto de plusvalía.

Y ese ha sido precisamente el motivo que ha llevado al Tribunal Constitucional a anularlo; el hecho de que no obligatoriamente todos los inmuebles tienen que haberse revalorizado, y que quizás algunos sí lo estén, pero otros no. Quienes fueran propietarios de un inmueble durante más de veinte años, y posteriormente decidieran deshacerse de él, no tenían que pagarlo, pero sí aquellos que lo tenían desde hace menos de dos décadas. Por ahora, la sentencia del Tribunal Constitucional dictamina que dicho impuesto no tendrá que seguir siendo abonado en ningún caso.

¿Puede solicitarse la devolución de lo ya pagado?

Pese a que la sentencia todavía necesita la aclaración de algunos puntos, todo apunta a que, quienes a la sazón vendieron sus edificaciones o inmuebles, no podrán reclamar la devolución del dinero ya pagado, al tratarse de una sentencia que solo beneficia a aquellas personas cuya tramitación está actualmente en curso o deberá pagarla en un futuro. Es decir, las sentencias firmes ya no tienen posibilidad de recurso, pero sí aquellas que no se han notificado oficialmente.

Desde la Administración General del Estado, no ha hecho ninguna gracia la sentencia del Tribunal Constitucional, puesto que la pérdida en ingresos públicos es inmensa, pudiendo llegar a perderse entre 2.000 y 4.000 millones de euros, por lo que el Ministerio de Hacienda ya busca una manera de que las cantidades que ya no podrán cobrarse puedan ser entregadas con una modificación de la actual legislación del impuesto de plusvalía o por medio de otro impuesto.

El otro grandísimo problema lo tienen los ayuntamientos, que son los más perjudicados con la anulación de este impuesto y temen que sus fondos empiecen a descender y les sea imposible llevar a cabo algunos de los proyectos que tienen en mente para sus provincias y/o municipios en los años venideros.

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