Ola de calor
¿Se puede trabajar al aire libre con estas temperaturas? Esto dice la ley
Esta semana, la muerte de dos agricultores en Sevilla y Málaga ha vuelto a poner sobre la mesa los trabajos al aire libre con temperaturas elevadas. María Ramón, redactora de Antena 3 Noticias, nos explica con detalle qué dice la nueva ley aprobada por el Gobierno.
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El pasado mes de mayo, el Gobierno daba luz verde a un Real Decreto para hacer frente a los efectos del cambio climático que incluía la novedosa medid de prohibir la actividad de trabajos al aire libre cuando existan alertas meteorológicas. Uno de los objetivos es evitar golpes de calor que pueden llegar a provocar la muerte, como le ha ocurrido a dos agricultores en Sevilla y en Ciudad Real esta semana.
Aunque se encuentra en vigor desde este lunes, surgen muchas dudas con respecto a su aplicación. Una de ellas, qué sectores se ven afectados con esta normativa o a partir de qué temperatura se considera riesgo para los empleados que trabajen a pleno sol.
María Ramón, redactora del Área de Economía de Antena 3 Noticias, nos resuelve todas estas cuestiones y detalla algunos aspectos curiosos de la ley, como las sanciones a las que se enfrentan las compañías que incumplen con la legislación vigente.
¿Qué sectores se ven afectados con la nueva ley?
El texto, publicado en el Boletín Oficial del Estado, deja en el limbo esta cuestión. Tal y como explica la periodista en el vídeo superior de esta noticia, "no especifica a qué sectores concretos va dirigida. Solo dice que está pensada para todos los trabajos que se realicen al aire libre".
El verano pasado, por ejemplo, varios operarios de la limpieza perdían la vida en diferentes ciudades de España. "De ahí podemos deducir que se aplicará sobre todo en puestos relacionados con la limpieza, la recogida de residuos, la construcción, jardinería, agricultura, ganadería que, además, tienen una alta carga física. También hablamos de socorristas, policías, carteros, repartidores e incluso de personal de hostelería", subraya María Ramón.
¿A partir de qué temperatura queda prohibida la actividad?
Según los datos de la Agencia Estatal de Meteorología, la media de las temperaturas registradas entre el 1 de junio y el 31 de agosto del año pasado fue la más alta de la historia. Y ahora nos enfrentamos a un verano similar, por eso el Gobierno aprueba esta ley.
A pesar de ello, la norma tampoco es clara con este asunto. No detalla a partir de qué temperatura debe parar la actividad. En este sentido, tal y como asegura María Ramón en la Newsletter de esta semana, "no establece unas temperaturas concretas o unas franjas horarias. Solo explica que en el caso de una alerta naranja o roja por calor extremo será obligatorio aplicar las medidas preventivas que se recogen en el texto".
En ese contexto, las empresas no podrán obligar a sus trabajadores a continuar con la actividad, pues su vida podría correr peligro. A partir de ahora, tendrán obligatoriamente que adaptar las condiciones laborales de sus empleados "reduciendo la jornada o modificando las horas de trabajo diarias".
¿Hay excepciones?
Sí, hay excepciones. La aprobación de esta norma no significa que todos los trabajos al aire libre queden paralizados o suspendidos cuanto se alcancen temperaturas elevadas como las de esta semana, donde el mercurio ha rozado los 45ºC en algunas zonas de España como Córdoba o Écija.
"De hecho, el texto también indica que solo habrá que hacerlo en aquellos casos en los que no pueda garantizarse de otro modo la protección al trabajador", señala la redactora del Área de Economía en el vídeo superior.
Por tanto, será la empresa la que determine en qué condiciones trabajarán sus empleados sin que corran riesgos por las elevadas temperaturas "y, en caso de un calor extremo, tendrán que ser ellas también las que valoren si en esas condiciones se puede trabajar o no", asegura Ramón.
¿Qué puedo hacer si la empresa en la que trabajo no cumple la ley?
Aquí los inspectores juegan un papel fundamental, pues deberán decidir si los trabajadores se exponen a riesgos para su salud. Sin embargo, no en todas las empresas que trabajan al aire libre acuden.
En este caso, si estás trabajando y tu empresa, a pesar del riesgo que puede suponer el calor, decide continuar con la actividad, puedes abandonar tu puesto de trabajo. Lo avanza María Ramón: "En el momento que veamos que las condiciones son extremas y que la empresa no ha puesto ninguna medida extra de prevención, el empleado tiene derecho a abandonar su puesto de trabajo. Así lo recoge la ley de prevención de riesgos laborales. El trabajador puede interrumpir su actividad cuando considere que entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud. Pero es cierto que también es todo muy ambiguo porque... ¿Qué es un riesgo grave? ¿Cómo justifica luego el trabajador haber abandonado su puesto? Es complicado".
¿A qué sanciones se enfrentan?
La ley aquí sí es clara. Incumplirla al exponer de forma temeraria a los empleados al aire libre en situaciones de calor extremo pasa a ser considerado "una falta grave o muy grave". En este sentido, el grado de la sanción dependerá del criterio de cada inspector.
En el primer caso, una falta grave, la empresa puede ser sancionada con una multa que va desde los 2.451 euros a los 49.180 euros. En el caso de la segunda, sin embargo, esa sanción puede rondar el millón de euros: la multa oscila entre los 49.181 euros y los 983.736 euros.
El problema, por el momento, es que los inspectores están en huelga indefinida. No hay nadie que controle si esta nueva norma se está llevando a cabo. A pesar de ello, ya hay varias empresas que han tomado medidas desde este mismo lunes.
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