Reciclaje

Tasa de basuras: ¿Tengo que pagarla si estoy alquilado o es obligación del propietario?

Desde que la nueva tasa de basuras entrase en vigor en Madrid en septiembre de 2025, una de las preguntas más recurrentes es quién debe asumir el coste de este nuevo tributo: el propietario o el inquilino.

Tasa de basuras

Tasa de basuras: ¿Tengo que pagarla si estoy alquilado o es obligación del propietario?Imagen creada por inteligencia artificial

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Para cumplir con el objetivo europeo de alcanzar un 55% de reciclaje y reutilización en 2025, los ayuntamientos de municipios con más de 5.000 habitantes están obligados a aplicar una tasa que refleje el coste del servicio de recogida y gestión de residuos, la conocida Tasa de Gestión de Residuos (TGR).

En el caso de Madrid, más de 1,5 millones de hogares empezarán a abonar una cuota media anual de unos 140 euros, aunque el importe varía según la zona o distrito. Para calcular el importe, se tiene en cuenta la suma de una tarifa básica por la disponibilidad del servicio de recogida y tratamiento de residuos, y otra tarifa por la cantidad generada que se ajusta según la cantidad de kilos de residuos generados por persona y barrio.

Pero… ¿quién tiene que pagar esta tasa el inquilino o el propietario? Y, lo haga quien lo haga, ¿puede reclamar este elevado importe?

¿Quién paga la tasa de basuras?

El Ayuntamiento de Madrid establece que, por defecto y a efectos fiscales, la Tasa de Gestión de Residuos se reclama formalmente al propietario del inmueble. Es decir, el Ayuntamiento siempre exigirá el pago al propietario, siendo este el responsable de la deuda y posibles recargos ante la administración local.

Ahora bien, el dueño de la vivienda puede legalmente trasladar este coste al inquilino, pero solo si se cumplen dos condiciones:

Debe aparecer escrito de forma expresa en el contrato de alquiler que los gastos o tasas municipales de residuos serán asumidos por el arrendatario. Para los contratos firmados antes de la entrada en vigor de la ordenanza municipal (septiembre de 2025), si la tasa no estaba contemplada previamente, el arrendador deberá asumirla, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) protege los términos de los contratos ya existentes.

¿Se puede reclamar la tasa de basuras?

Sí, se puede reclamar. Los madrileños que deseen presentar una reclamación pueden hacerlo a través de un formulario online. Este documento genera automáticamente un escrito de alegación que, acompañado del justificante de pago, puede presentarse tanto en el registro municipal como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. El proceso es muy sencillo, ya que no requiere abogado ni procurador.

El plazo para recurrir se extiende durante el periodo de pago voluntario y hasta un mes después de haber abonado la tasa.

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