Ingreso Mínimo Vial | Una persona sin recursos en la calle.

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Ingreso mínimo vital

Ingreso mínimo vital: ¿Cuándo y cuánto se cobra con la ayuda?

Este viernes 26 de junio la Seguridad Social comienza a hacer efectivo el primer pago del Ingreso Mínimo Vital a miles de hogares. Consulta cuándo y cuánto se cobra con la ayuda.

El Ingreso Mínimo Vital comienza a pagarse este viernes 26 de junio. La Seguridad Social ha efectuado el pago a un total 74.119 hogares beneficiarios, todos ellos reconocidos de oficio procedentes de la prestación por hijo a cargo.

Este viernes 26 de junio se abonan así 32 millones de euros, lo que supone un Ingreso Mínimo Vital por hogar de más de 430 euros al mes. Según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en los casi 75.000 hogares que reciben la prestación viven más de 250.000 personas, de las que más de la mitad son menores de edad.

Las familias que reciben este viernes el Ingreso Mínimo Vital son los reconocidos de oficio, que son aquellos de los que la Seguridad Social tenía la suficiente información de la composición del hogar para poder realizar el pago. Todos ellos fueron avisados previamente por SMS para que no tuvieran que solicitarlo.

El Ingreso Mínimo Vital fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 29 de mayo y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. Según los cálculos del Gobierno, más de 830.000 hogares podrán recibir esta renta mínima.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Ingreso Mínimo Vital?

El primer criterio para recibir el Ingreso Mínimo Vital es el de la vulnerabilidad económica. El solicitante deberá ser un titular por unidad de convivencia, deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo.

El solicitante tiene que acreditar que lleva al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

El Ingreso Mínimo Vital sólo se reconocerá a los hogares que tengan unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal.