Reforma de las pensiones

Gobierno y agentes sociales llegan a un principio de acuerdo sobre la reforma de las pensiones

El primer tramo de la reforma se ha cerrado este lunes, tras la reunión entre el Ejecutivo y los agentes sociales.

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Gobierno y agentes sociales han llegado este lunes a un principio de acuerdo para reformar el sistema de pensiones, en virtud del cual se actualizarán las pensiones contributivas en función del IPC y se intentará acercar la edad efectiva de jubilación (64,6 años) a la edad legal mediante un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas y mayores incentivos al retraso de la jubilación.

La entrada en vigor de este primer paquete de medidas para la reforma de las pensiones se estima para 2022 y forman parte de las derivadas de los acuerdos del Pacto de Toledo.

Según un borrador del anteproyecto fechado el 14 de junio y en el que podrían producirse algunos cambios menores, la reforma suprime dos de los aspectos más polémicos de la reforma de pensiones de 2013: el índice de revalorización de las pensiones, que limitaba su subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit, y el llamado factor de sostenibilidad.

Unai Sordo, secretario general de CCOO, y Alberto Garzón, ministro de consumo, han comparecido en rueda de prensa mientras la reunión todavía se está celebrando para señalar que el encuentro "avanza" y que "solo faltan por cerrar los últimos flecos". El acuerdo se cerró apenas minutos después de esta intervención.

Los puntos clave de la reforma de las pensiones

La revalorización anual de las pensiones se vincula con la variación interanual media del IPC del año anterior. Si esta variación fuera negativa, el importe de las pensiones no variará al comienzo del año.

Con el fin de desalentar la jubilación anticipada se penalizará con una reducción de la cuota de entre el 21% y el 3,26% a quienes tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses y adelanten su retirada del mercado laboral 24 meses; para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).

Por su parte, el coeficiente reductor pasará a ser del 17% si los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes y del 2,81% un mes antes.

Jubilación demorada y activa

Se contemplan tres tipos de incentivos para el retraso de la jubilación, a elegir por el trabajador, por cada año de demora: un porcentaje adicional del 4% (que se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión); una cantidad a tanto alzado (pago único) en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas, o una combinación de estas dos medidas. El pago único oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros.

La reforma de pensiones prohíbe el establecimiento de cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la misma. En los convenios suscritos con anterioridad, estas cláusulas podrán ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada para el convenio.