Declaración de la renta

Este viernes es el último día para hacer la declaración de la renta: ¿Qué pasa si no la hago a tiempo?

Consulta aquí qué puede pasar si no presentas a tiempo la declaración de la renta. El plazo termina mañana 30 de junio y Agencia Tributaria advierte de multas que pueden duplicarse e incluso triplicarse si el borrador sale a pagar.

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Muchos contribuyentes habrán recibido ya la conocida 'carta del miedo', la notificación que les llega por parte de la Agencia Tributaria a aquellos que no han hecho todavía la declaración de renta. Quedan menos de 24 horas para presentarla y en este artículo le explicaremos cuáles son las consecuencias de no cumplir con la advertencia.

Multas que pueden duplicarse e incluso triplicarse según el importe a devolver

Este viernes 30 de julio termina el plazo para presentar el trámite, que ha incluido este año numerosas novedades. Muchos de los españoles a los que Hacienda les tiene que devolver dinero deben prestar atención a las consecuencias que se desprenden de presentar la declaración fuera del plazo establecido, pues en estas situaciones la Administración General del Estado puede solicitarte un requerimiento y la cantidad final puede duplicarse e incluso triplicarse.

El pasado 11 de abril arrancaba la campaña de la declaración de la renta de este 2023 y muchas eran las formas que tenían los tributarios para hacerla: a través de Internet, vía telefónica o de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Si no has pedido cita física, todavía estás a tiempo, pues se puede hacer justo 24 horas antes de que finalice el plazo.

Estas son las sanciones que puedes recibir si no la presentas a tiempo

El ente público tiene la posibilidad interponer multas si la declaración de la renta se presenta de forma voluntaria fuera de plazo. Sin embargo, la sanción es mucho mayor si es la propia Agencia Tributaria la que detecta el incumplimiento. Hay varios tipos tipos de multa según los siguientes supuestos:

  • Si el borrador sale a devolver: 100 euros (reducibles en un 40%) con los que pueden ser sancionados aquellos que voluntariamente presentan el trámite previo a que Hacienda envíe un apercibimiento.
  • Si el borrador sale a pagar. En este supuesto sucede lo contrario y la sanción es un recargo del 1% más un punto adicional por cada mes de retraso. Aquí se sanciona a aquellos que presentan la declaración por cuenta propia antes de que reciban ningún aviso.
  • Si la misma Agencia Tributaria es la que detecta el fraude fiscal. En caso de que el resultado salga a devolver, la sanción será de 200 euros después del requerimiento, con una posible reducción en caso de pagarlo al momento y en base al gravamen. Si este sale a pagar, la multa será del 50% sobre el importe inicial. Una vez enviado el apercibimiento, el ente puede aumentar la cantidad porcentual hasta el 100% si detecta que el contribuyente manifestó voluntad de ocultación. Y en casos extremos, se elevaría hasta el 150% cuando solamente se considera que el proceso ha sido evadido por medios fraudulentos.

Recordemos que no todos los ciudadanos tienen la obligación de presentarla. Según la normativa general del IRPF, aquellos contribuyentes que reúnan rendimientos íntegros del trabajo con el límite establecido en 22.000 euros al año, excepto de provengan de más de un pagador (el límite en este caso bajaría a los 14.000 euros), pueden librarse de presentar el trámite.

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