Pensiones

Si estás cobrando una pensión y haces esto la Seguridad Social podría pedirte la devolución de varios pagos

Los jubilados que piensan retomar un empleo deben saber que percibir la pensión puede ser incompatible con cualquier trabajo, salvo en los casos autorizados por la Ley General de la Seguridad Social.

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Aviso pensionesImagen creada con inteligencia artificial

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Volver a trabajar mientras se percibe una pensión de jubilación requiere planificación y conocimiento de la normativa vigente. La Seguridad Social establece criterios claros para asegurar el correcto abono de las prestaciones, y cualquier incumplimiento puede derivar en la suspensión del cobro o en la reclamación de cantidades percibidas indebidamente.

La Ley General de la Seguridad Social, en sus artículos 213 y 214, indica que el cobro de la pensión de jubilación es incompatible con el desempeño de cualquier trabajo remunerado, salvo que se realice dentro de las modalidades legalmente autorizadas. Esto significa que un jubilado que retome un empleo sin acogerse a estas excepciones podría ser requerido a devolver los pagos efectuados durante ese periodo.

Actualmente, existen excepciones que permiten compatibilizar la pensión con la actividad laboral, siempre cumpliendo con los requisitos de edad, cotización y notificación a la Seguridad Social. Entre estas opciones se incluyen la jubilación activa, la jubilación flexible y la posibilidad de trabajar por cuenta propia con ingresos limitados. Cada una de estas modalidades ofrece ventajas distintas según la situación del pensionista y su disponibilidad laboral.

Diferencias entre jubilación activa y jubilación flexible

Aunque ambas opciones permiten seguir percibiendo la pensión mientras se trabaja, presentan diferencias importantes:

Jubilación flexible: permite combinar la pensión con un trabajo a tiempo parcial. El importe de la pensión se ajusta en función de las horas trabajadas, facilitando una reincorporación gradual al mercado laboral.

Jubilación activa: permite compatibilizar la pensión con un empleo a tiempo completo o parcial, siempre que se cumplan los criterios legales. En este caso, es posible percibir hasta el 50% de la pensión mientras se mantiene la actividad profesional.

En ambos casos, es imprescindible que el pensionista notifique a la Seguridad Social antes de iniciar cualquier actividad laboral.

¿Qué sucede si no se comunica la actividad laboral?

Según el artículo 213 de la Ley General de la Seguridad Social, percibir una pensión de jubilación es incompatible con cualquier trabajo que genere cotización, ya sea por cuenta ajena o propia, salvo que se realice dentro de las modalidades de compatibilidad legalmente previstas.

En caso de incumplimiento, la Seguridad Social puede:

Suspender el pago de la pensión mientras dure la actividad laboral no comunicada.

Reclamar la devolución de los pagos recibidos, considerados cantidades indebidamente percibidas.

Por ello, informar y cumplir con los requisitos legales es fundamental para evitar problemas económicos y administrativos.

Recomendaciones para pensionistas que quieren trabajar

Para asegurar que la compatibilidad entre trabajo y pensión sea segura, conviene seguir estas indicaciones:

Revisar las modalidades de jubilación activa o flexible y verificar que se cumplen todos los requisitos.

Comunicar cualquier actividad laboral antes de iniciar el trabajo.

Consultar con la Seguridad Social sobre límites de ingresos y compatibilidad con la pensión.

Mantener un registro de contratos y cotizaciones para evitar posibles reclamaciones posteriores.

Aplicar estas pautas permite a los pensionistas combinar la pensión con ingresos laborales de forma segura, evitando sanciones y reclamaciones, y garantizando así una jubilación estable y sin sobresaltos.

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