Agencia Tributaria
Cuidado con las multas: estas son las transferencias más vigiladas por Hacienda
Hay algunas acciones como ciertos ingresos y transferencias que hacen que salten las alarmas de Hacienda.
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Hacienda es una entidad que entre sus funciones, está la de prevenir actividades ilícitas relacionadas con el dinero. Por ello, tiene acceso a ciertas informaciones de movimientos que le permiten detectar ciertas actuaciones sospechosas. Un ejemplo de estos actos son lavados de activos, evasión de impuestos o rentas ilícitas producto del tráfico de drogas o armas.
Las operaciones que más en vista tiene Hacienda son los ingresos y transferencias y saltan las alarmas de la entidad cuando se producen de cierta manera. La información la obtienen de los bancos ya que, según la Ley General Tributaria en su artículo 93, obliga a los bancos a proporcionar información a Hacienda en el caso de que cualquiera de las operaciones que se realicen (ya sea mediante canales online o físicos) cumplan con alguno de los criterios siguientes:
- Que alguien realice retiradas o ingresos de efectivo de 3.000 euros o más: se investiga si esta cantidad de dinero se ha obtenido de forma justificada.
- Llevar a cabo operaciones en las que se usen billetes de 500 euros: hoy en día es muy complicado encontrar billetes de esta cantidad así que cualquier movimiento con éstos resulta sospechoso para Hacienda.
- Créditos de más de 6.000 euros y transacciones de más de 10.000.
La ley explica que "toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".
Cuando se produce alguna de estas acciones anteriores, el banco da un aviso pero solo se vigila por Hacienda los casos en los que la Agencia Tributaria percibe indicios de actividades potencialmente delictivas.
Cuidado con el efectivo
Hacienda sobre todo vigila los movimientos de montones de dinero en efectivo: sobre todo aquellos que, como se ha dicho anteriormente, involucran billetes de 500 euros.
El 13 de febrero de 2007 se redactó una normativa sobe los movimientos de dinero en efectivo que alega que es obligatorio declarar los movimientos de entrada o salida de España se cantidades en efectivo iguales o superiores a 10.000 euros.
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