A PARTIR DE LA DENUNCIA DE UNA EMPRESA EÓLICA

Competencia multa a Santander, Sabadell, BBVA y CaixaBank con un total de 91 millones de euros por concertar los derivados

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estima que estos grandes bancos ofrecieron derivados de tipos de interés en condiciones distintas de las pactadas con los clientes, en las que se especificaba que se contratarían en "condiciones de mercado".

Fachadas del BBVA y Banco Santander

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Santander, Sabadell, BBVA y CaixaBank con un total de 91 millones de euros por ofrecer derivados de tipos de interés en condiciones distintas de las pactadas con los clientes, en las que se especificaba que se contratarían en "condiciones de mercado". Según detalla la CNMC, estos derivados eran utilizados como instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés asociado a créditos sindicados para la financiación de proyectos ('project finance').

Las entidades se ponían de acuerdo antes de realizar la oferta al cliente para fijar unas condiciones alejadas de las que se habían comprometido a proporcionar, dando la imagen de que cada una estaba consultando las condiciones de mercado. La investigación parte de la denuncia de una empresa dedicada a la promoción, construcción y explotación de parques de infraestructuras eólicas, cuyo nombre no detalla la CNMC.

Lo que sí explica es que durante la investigación el regulador tuvo acceso a documentación aportada por otras 22 empresas en relación con 43 operaciones de derivados asociados a créditos sindicatos contratados entre 2006 y 2016 para 'project finance'.

La mayor multa corresponde a CaixaBank, con 31,8 millones de euros, seguida por la de Santander (23,9 millones de euros), BBVA (19,8 millones de euros) y Sabadell (15,5 millones de euros). Esta conducta supone una infracción muy grave a la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, según ha señalado la CNMC.

Contra esta resolución del 'superregulador' no cabe recurso alguno en la vía administrativa, si bien se podrá interponer un contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde la notificación. Según han explicado fuentes financieras, es previsible que las cuatro entidades recurran la sanción. Por otra parte, fuentes de BBVA han informado de que sus servicios jurídicos se encuentran estudiando la posibilidad de interponer un recurso al considerar la sanción jurídicamente errónea.

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