Manifestación por los presos de ETA

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ACTO DENTRO DEL PROGRAMA DE FIESTAS

Un juzgado suspende un acto por los presos de ETA en Ikaztegieta, Gipúzcoa

El acto formaba parte del "programa oficial de fiestas" y contaba con la "cobertura del ayuntamiento, de EH Bildu. El juez no entra en el fondo de la celebración de concentraciones o manifestaciones, sino que se pronuncia sobre "el carácter municipal".

Un juzgado de San Sebastián ha ordenado como medida cautelar la suspensión de un acto en favor de los presos de ETA, previsto para este jueves por la tarde en Ikaztegieta, Guipúzcoa, porque formaba parte del "programa oficial de fiestas" y por ello contaba con la "cobertura" del Ayuntamiento, que gobierna EH Bildu.

El auto, al que ha tenido acceso EFE y que fue dictado este miércoles por dicho juzgado donostiarra, estima la demanda presentada por la Delegación del Gobierno en el País Vasco, que reclamaba la adopción "con carácter urgente" de la suspensión del acto como "medida cautelar".

La representación del Estado interpuso este recurso contra el acuerdo del Ayuntamiento de Ikaztegieta por el que se incluía, dentro del programa oficial de fiestas de esta localidad de algo menos de 500 habitantes, que tendrán lugar desde este jueves hasta el sábado, la convocatoria a las 20.30 horas de este jueves por la tarde de una concentración bajo el lema "Euskal Presoen Aldeko Elkarretaratxea".

En su auto, el juez advierte de que no entra en el fondo de la celebración de concentraciones o manifestaciones, porque "no es objeto" de este procedimiento contencioso administrativo, sino que se pronuncia sobre "el carácter municipal que le atribuye la inclusión" en el programa festivo.

Al respecto, la resolución judicial indica que "es precisamente la oficialidad lo que entraña el núcleo del debate" y lo que motiva la decisión de adoptar una medida cautelar. Según precisa el juez en sus razonamientos jurídicos, la movilización a favor de los reclusos etarras "debe distinguirse" en sí misma de su "naturaleza oficial", debido a "la actuación del Ayuntamiento dándole cobertura al introducirlo en el programa de fiestas".

"Lo que se suspende es el carácter municipal derivado de la inclusión en el programa de fiestas", reitera el auto, que recalca que es "el apoyo" del Ayuntamiento a "esa causa" lo que ha hecho prosperar la medida solicitada por el Estado. El auto, que es firme y no admite recurso, "concede audiencia" al Ayuntamiento de Ikaztegieta en el plazo de tres días.

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