Líderes de Hamás

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POR MOTIVOS DE PROCEDIMIENTO

El Tribunal de Justicia de la UE anula la inclusión de Hamás en la lista de grupos terroristas

Dictamina que la inclusión de Hamás en la lista terrorista no se basa en hechos examinados y confirmados por parte de las autoridades competentes, sino en imputaciones de hechos basados en informaciones de prensa e Internet. El Tribunal General de la Unión Europea mantiene temporalmente los efectos de las medidas anuladas, durante tres  meses, con el fin de garantizar la eficacia de la congelación de  activos.

El Tribunal General de la UE (TJUE) ha anulado, por  motivos de procedimiento, la inclusión de la organización palestina Hamás en la lista terrorista europea. No obstante, el fallo mantiene temporalmente los efectos de las medidas anuladas, durante tres  meses, con el fin de garantizar la eficacia de la congelación de  activos a la espera de que los 28 corrijan la decisión. 

La UE incluyó a Hamás en su lista de organizaciones terroristas desde su creación en 2001 y la ha mantenido desde entonces. Hamás  presentó recurso contra esta decisión ante la justicia europea. 

En su fallo, el Tribunal General ha dictaminado que la inclusión de Hamás en la lista terrorista no se basa en hechos examinados y confirmados por parte de las autoridades competentes, sino en imputaciones de hechos basados en informaciones de prensa e Internet. 

El Tribunal recuerda que la normativa de la UE y su propia jurisprudencia establece que una decisión de este tipo de incluir a una organización en la lista terrorista y congelar sus bienes no puede basarse en informaciones de prensa e Internet sino que tiene que estar fundada en "elementos que hayan sido examinados y confirmados en decisiones de las autoridades nacionales competentes". 

Se mantienen los efectos durante tres meses
Por ello, la sentencia anula la inclusión de Hamás en la lista  terrorista, aunque mantiene temporalmente los efectos de esta medida "con el fin de garantizar la eficacia de cualquier posible  congelación futura de fondos". Los efectos se mantienen durante un periodo de tres meses o, si se presenta un recurso ante el Tribunal, hasta que se resuelva este recurso. 

El Tribunal General subraya que esta anulación "por motivos de procedimiento fundamentales" no implica "ninguna apreciación de fondo  sobre la cuestión de la calificación del movimiento Hamás como grupo  terrorista".

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