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Los jueces desestimaron los recursos

Tribunal de Justicia de la UE falla contra Hungría y Eslovaquia por no acoger a refugiados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio un varapalo a Hungría y Eslovaquia al rechazar los recursos que ambos habían presentado contra la decisión del Consejo de la Unión de reubicar en dos años a 120.000 solicitantes de asilo desde Grecia e Italia hacia otros Estados miembros.

Los jueces europeos concluyeron que el mecanismo provisional de reubicación ayuda de forma "efectiva y proporcionada" a que Grecia e Italia puedan hacer frente a las consecuencias de la crisis migratoria de 2015, la peor en Europa desde la Segunda Guerra Mundial. Tanto la Comisión Europea como la Eurocámara valoraron la decisión del Tribunal, que según dijo en una rueda de prensa el comisario europeo de Interior, Dimitris Avramopoulos, es una "buena noticia" porque "defiende y protege principios básicos" europeos.

El comisario confió en que la sentencia ayude a que los países "trabajen juntos" para la acogida de solicitantes de asilo y a que "cumplan sus compromisos". El presidente de la comisión de Libertades Civiles de la Eurocámara, el socialdemócrata británico Claude Moraes, recordó por su parte que dos años más tarde, solo 28.000 personas han sido trasladadas desde Grecia e Italia a otros países y opinó que la UE necesita con urgencia un sistema que permita responder de manera "organizada" a las crisis migratorias.

Según el Tribunal, el mecanismo contribuye de forma efectiva y proporcionada a que Grecia e Italia puedan hacer frente a las consecuencias de la crisis migratoria de 2015. La decisión del Consejo prevé la reubicación desde esos dos Estados miembros a otros países de la UE, durante dos años, de 120.000 personas necesitadas de protección internacional.

Durante el procedimiento ante el Tribunal, Polonia intervino en apoyo de Eslovaquia y Hungría, mientras que Bélgica, Alemania, Grecia, Francia, Italia, Luxemburgo, Suecia y la Comisión lo hicieron respaldando al Consejo.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia desestima en su totalidad los recursos interpuestos por Eslovaquia y Hungría. Por un lado, concluye que la decisión podía adoptarse según un procedimiento no legislativo y que, como consecuencia, su adopción no exigía la participación de los parlamentos nacionales ni la publicidad de las deliberaciones y votaciones en el Consejo.

Además, los jueces consideran que el Tratado de la UE permite a las instituciones europeas adoptar todas las medidas provisionales necesarias para hacer frente de manera efectiva y rápida a una situación de emergencia por la afluencia repentina de personas desplazadas.

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