Iñaki Urdangarin

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SOLICITADAS POR CASTRO EL 5 DE JUNIO

Urdangarin asegura que no tiene ni ha tenido las actas de Aizoon

El abogado de Iñaki Urdangarin ha informado al juez del caso Nóos, José Castro, que su cliente no puede entregar el libro de actas de la sociedad mercantil Aizoon por  esos documentos "no obran ni han obrado en su poder".

El abogado de Iñaki Urdangarin ha informado al juez del caso Nóos, José Castro, de que su defendido no tiene ni ha tenido el libro de actas de la sociedad mercantil Aizoon, de la que es propietario al 50% con la infanta Cristina, por lo que no podrá aportarlas tal como había reclamado el magistrado. 

El letrado Mario Pascual Vives ha respondido por escrito al requerimiento que había formulado el juez el pasado 5 de junio a Urdangarin, pidiendo los libros de actas "y demás que conforme a ley estuviera obligada a llevar la entidad mercantil Aizoon desde su constitución a la actualidad". 

Según el abogado, Urdangarin no puede atender a la petición porque esos documentos "no obran ni han obrado en su poder", ya que de todas las cuestiones "contables, administrativas, documentales, fiscales y tributarias" de Aizoon se ocupaban los hermanos Tejeiro, Miguel, Marco y Luis, en sus respectivas especialidades, a través del Bufete de Asesoramiento Fiscal Medina-Tejeiro. 

Los hermanos Tejeiro son cuñados de Diego Torres, el exsocio de Urdangarin en el Instituto Nóos, y dos de ellos están imputados en la causa, Miguel y Marco Antonio Tejeiro. Ambos fueron, respectivamente, secretario y contable de la entidad que es investigada por el supuesto desvío de fondos públicos. 

El juez Castro investiga posibles delitos fiscales en Aizoon, según la nueva línea de investigación del caso apuntada por la Audiencia de Palma en un auto en el que este tribunal dejó sin efecto la citación de doña Cristina a declarar como imputada en el caso Nóos. 

Por otra parte, el juez Castro ha recibido este miércoles unos documentos que había requerido a Suiza en el marco de esta investigación y ha dado traslado de los mismos a la Fiscalía y a las demás partes personadas. 

El magistrado ha desestimado además una petición de personación en la causa como acusación particular por parte de un ciudadano, porque la considera "inatendible" por no estar presentada por un procurador ni avalada por un abogado y por la "incongruencia narrativa" del escrito en el que solicitaba además el archivo de la causa.

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