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MÁS PROTECCIÓN A PROFESORES Y MÉDICOS

El PP rectifica: mantendrá la libertad vigilada para maltratadores y asesinos en la reforma del Código Penal

En el trámite de enmiendas en el senado, el PP omitió por error dos referencias a la libertad vigilada y se suprimió de forma involuntaria su aplicación a los delitos de homicidio y relativos a la violencia de género, según fuentes de Génova. Ésta una de las iniciativas anunciadas por la exministra Ana Mato en su Estrategia para la Erradicación de la Violencia sobre la Mujer.

El PP retirará las enmiendas registradas por su Grupo Parlamentario en el Senado en las que se defendía la retirada de la libertad vigilada para maltratadores y asesinos condenados con la pena de prisión permanente revisable, han informado fuentes populares parlamentarias. Por error, en el trámite de enmiendas en la Cámara Alta, se retiraron dos referencias a la libertad vigilada y se suprimió de forma involuntaria su aplicación a los delitos de homicidio y relativos a la violencia de género, han añadido estas fuentes.

La libertad vigilada prevista hasta el momento en el proyecto de reforma del Código Penal estaba prevista para el cumplimiento posterior a la condena de cárcel y suponía un control judicial que implicaba la localización permanente, comparecencias periódicas y la prohibición de no aproximarse a la víctima. Su duración era de un máximo de 5 años aunque se extendía a 10 en casos graves.

El Proyecto de Ley incluía esta medida para los casos de asesinato castigados con pena de prisión permanente revisable, es decir, los cometidos contra víctimas menores de 16 años o personas especialmente vulnerables, las agresiones sexuales con resultado de muerte, los asesinatos llevados a cabo por organizaciones criminales o los condenados por matar a más de dos personas. También aparecía en el artículo 173 que prevé las condenas para quienes ejerzan violencia física o psíquica contra sus parejas o menores y discapacitados que convivan con ellos.

Pemanecerá así una de las iniciativas que el Gobierno se comprometió a adoptar en la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia sobre la Mujer diseñada por el Ministerio de Sanidad, un plan con vigencia hasta 2016 que contempla "extender la medida de libertad vigilada a los delitos de violencia de género" para mejorar la respuesta institucional a esta lacra social. Suprimir esta previsión contradice asimismo las recomendaciones del Consejo General del Poder Judicial y, en particular, del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género adscrito a esta institución, que viene reivindicando la extensión de la libertad vigilada para estos delincuentes desde al menos 2011 y había aplaudido su incorporación al Código Penal.

En relación con la libertad vigilada, el Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este mismo jueves la introducción de esta medida en la proposición de ley de reforma del Código Penal en materia de terrorismo, derivada del pacto contra el yihadismo entre 'populares' y socialistas. Según han informado fuentes gubernamentales, la medida se mantendrá, además, para los agresores sexuales. Durante la revisión de Código en el Congreso de los Diputados se eliminó la referencia a la libertad vigilada a excepción de estos dos artículos ahora enmendados por el PP en el Senado.

Por otra parte, los populares proponen que las agresiones a profesores y médicos, que se hallen en el ejercicio de sus funciones, sean consideradas como un delito de atentado a la autoridad, con una pena de entre uno a cuatro años de prisión. La redacción del proyecto de Ley dice que "son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Al respecto, los populares añaden que "se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas".

Otra novedad incorporada es que los jueces podrán ordenar la retirada de las aplicaciones de los teléfonos móviles que contengan o difundan pornografía infantil, ya que el texto sólo hace referencia a las páginas web. Además, elevan la penas de prisión de tres a cuatro años para la falsificación de medicamentos e incorpora una referencia al "riesgo para la vida o la salud de las personas", para adecuar la legislación a la propuesta del Consejo de Europa.

También se define el objeto de las falsificaciones, que incluirá tanto los medicamentos como los productos sanitarios junto con sus accesorios, elementos o materiales esenciales para su integridad. No aparece, por el momento, ninguna modificación a la edad de consentimiento sexual -que el texto eleva a 16-, pese a que los populares habían dejado la puerta abierta a llegar a un consenso con el resto de fuerzas que se inclinan por los 15 años.

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