Iñaki Urdangarin

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MEDIANTE UN COMUNICADO

El letrado de la Casa Real niega haber asesorado jurídicamente a la fundación Nóos

José Manuel Romero, asesor jurídico de la Casa del Rey, ha precisado que sólo aconsejó a Iñaki Urdangarin que su participación en la Fundación Cultura, Deporte e Integración Social debía limitarse a formar parte de su consejo asesor. Además, también recomendó la disolución inmediata de la Fundación Areté, y por tanto niega lo declarado por Diego Torres.

José Manuel Romero, asesor jurídico de la Casa del Rey, ha reiterado en un comunicado que no prestó asesoramiento jurídico alguno para la constitución de la Fundación Cultura, Deporte e Integración Social (Fdcis), investigada en el caso Nóos, y ha precisado que sólo indicó que Iñaki Urdangarin debía limitarse a formar parte de su consejo asesor.

Este comunicado continúa el mismo camino que siguió cuando Diego Torres entregó al juez que investiga el caso Nóos varios correos electrónicos que aludían al duque de Palma como "alma máter" de la Fdcis. Romero repite que, por indicación de la Casa del Rey, su intervención consistió en revisar la situación jurídica del Instituto Nóos y aconsejar la separación entre actividades mercantiles y de fomento social del deporte.

Diego Torres, ex socio de Iñaki Urdangarin en el Instituto Nóos, declaró ante el juez que Romero, conde de Fontao, recomendó al duque de Palma en 2006 que evitara tener un papel protagonista en la actividad pública del Instituto Nóos. Según Torres, el conde de Fontao diseñó una estrategia para que Urdangarin no figurase públicamente en las actividades del Instituto Nóos ni en la Fdcis, que sucedió a dicha entidad.

Romero detalla en el comunicado que, tras aconsejar la separación entre actividades mercantiles y de fomento social del deporte de Nóos, recomendó también la disolución inmediata de la Fundación Areté que habían creado posteriormente el duque de Palma y Torres e indicó que el papel de Urdangarin se limitara al consejo asesor de Fcdis.

En el comunicado, recuerda que revisó la fórmula jurídica aplicable a la forma y al contenido de las actividades empresariales que realizaba Urdangarin "en el marco del Instituto Noos" y concluyó que "la forma jurídica de asociación que se venía utilizando no era la correcta, porque determinadas actividades que se realizaban a través de la Asociación Instituto Nóos eran de naturaleza mercantil".

Por tanto, "se aconsejó" a Urdangarin que, si era necesaria su colaboración en ese tipo de actividades mercantiles, debía canalizarse a través de una sociedad anónima o una sociedad limitada "adecuadamente constituida", sin participación del Duque de Palma.

Asimismo, indicó que las eventuales actividades en colaboración con las administraciones públicas "deberían someterse con todo rigor a la normativa de contratos públicos" y consideró "más conveniente" que esas actividades de fomento social del deporte se llevaran a cabo mediante la creación de una fundación privada, fórmula que "podía llegar a ajustarse, en mayor medida, al perfil del señor Urdangarin".

Romero señaló que, si se buscaba la promoción social del deporte, sólo era posible mediante una fundación "que gozara de plena independencia, tanto por sus finalidades como por la configuración de sus órganos de gobierno o patronato", que "debía estar integrado exclusivamente por personas socialmente relevantes y con una marcada independencia".

En consonancia con las recomendaciones "reiteradamente puestas de manifiesto" por Romero, se indicó a Urdangarin "que no debería formar parte del órgano de gobierno de esta nueva fundación, limitándose, en su caso, a formar parte -junto con otros deportistas de prestigio- de un eventual consejo asesor". Romero no prestó asesoramiento jurídico de clase alguna con relación a los tramites propios de la constitución de esta fundación.

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