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LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA

Inician los trámites para decidir sobre la excarcelación de Ricart, el violador de la niñas de Alcásser

Los pasos establecidos van dirigidos primero a la defensa de Ricart a quien se le dan cinco días para que manifieste si ha pedido la suspensión  cautelar de la ejecución de la condena y el segundo a la cárcel de Herrera de La Mancha para que informe sobre los procedimientos seguidos para el abono de las redenciones ordinarias y extraordinarias.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha iniciado los trámites para decidir sobre la excarcelación de Miguel Ricart, condenado a 170 años de prisión por el secuestro, violación y asesinato de Míriam, Toñi y Desirée, las tres niñas de Alcàsser, ocurrido en noviembre de 1992, según consta en la resolución facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El tribunal valenciano ha dado este paso después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya anulado la conocida como 'doctrina Parot', que también se aplicó a Ricart y que sirvió para prolongar su condena hasta el 19 de enero de 2023. La liquidación inicial de penas había fijado su salida de prisión en el año 2011.

Ahora, tras conocerse la resolución europea, la sala, de oficio, ha acordado dos medidas. La primera de ellas va dirigida al letrado de Ricart, a quien le da cinco días para que manifieste si ha pedido ante el Tribunal Constitucional la suspensión cautelar de la ejecución de la condena de su representado, conocido como 'El Rubio'. Asimismo, en segundo lugar, se dirige a la cárcel de Herrera de La Mancha, en el municipio de Manzanares, en Ciudad Real, donde Ricart cumple condena, para que informe sobre los procedimientos seguidos ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y las resoluciones dictadas por este órgano para el abono de las redenciones ordinarias y extraordinarias efectuadas al reo y que figuran en la hoja de cálculo de fecha de extinción de la condena.

Además, requiere a este establecimiento penitenciario que detalle los trabajos que ha efectuado Ricart, y de los días concretos en que los efectuó, y que hubieran sido tenidos en cuenta a los efectos de aplicarle las redenciones para rebajar el tiempo de la condena. Una vez que el tribunal valenciano disponga de esta documentación, dará trámite a todas las partes del procedimiento para que se pronuncien sobre los efectos de la sentencia del TEDH en esta causa. Posteriormente, la Sala resolverá, según consta en la misma resolución.

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