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TRAS LOS RECURSOS DE PP Y CIUDADANOS

El Constitucional permite que el Parlament debata la moción independentista

El pleno del Tribunal Constitucional rechaza la suspensión cautelar de la tramitación de la moción independentista de Junts pel Sí y la CUP en el Parlament, tal y como le solicitaba el recurso de amparo que el PP y Ciudadanos le plantearon ayer.

El Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad que se suspenda la tramitación de la resolución independentista pactada entre Junts pel Sí y la CUP, que está previsto que se debata el próximo lunes en el pleno del Parlamento catalán.

Considera el Alto Tribunal que su suspensión constituiría "un control de constitucionalidad sobre una resolución que no se ha adoptado y cuyo contenido se desconoce".

Los once magistrados del TC se han reunido hoy una sesión plenaria en la que por la mañana han acordado admitir a trámite los recursos de amparo del PP, PSC y Ciudadanos por la vulneración de su derecho fundamental a la participación política en la cámara autonómica.

Los magistrados han dejado para la tarde su decisión sobre la suspensión solicitada por el PP y Ciudadanos de la Junta de Portavoces prevista para mañana en el Parlament, que convocará el pleno en el que se votará la resolución independentista.

Por unanimidad han rechazado esta medida por el "riesgo" de que el pleno del próximo lunes apruebe una resolución para iniciar el proceso independentista, ya que la Constitución, argumentan, asigna a cada institución un determinado momento para actuar, que este no es el del TC, sino el del Parlamento catalán.

"Es a la propia cámara autonómica a la que corresponde velar por que su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución", recuerdan los magistrados, que destacan que el Parlament es la "sede natural del debate político".

Las asambleas parlamentarias, insisten, deben vigilar por el cumplimiento de la Constitución y la ley, sin perjuicio "de que la última palabra" corresponde al TC. En este sentido, apelan a la sentencia que anulaba por inconstitucional la declaración de soberanía adoptada por el Parlamento catalán del 23 de enero de 2013.

Los jueces incluyen una advertencia y argumentan que las resoluciones de un poder público, "cualquiera que sea", no afectan a las competencias del Tribunal Constitucional, que "ejercerá, cuando proceda, con prudencia y determinación".

Los magistrados añaden que "el eventual resultado del debate político -la resolución independentista- es una cuestión que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate" y, por ello, se oponen a prohibirlo. También aclaran que, en el caso de que finalmente se resuelvan los recursos de amparo dando la razón a los partidos de la oposición, esa eventual sentencia "conllevaría la declaración de nulidad de todos aquellos actos" que hubieran lesionado los derechos de los parlamentarios.

En ese caso, el TC adoptaría "las medidas precisas para restablecer" a los parlamentarios afectados "en la integridad de sus derechos y facultades como miembros de la Cámara" y podría "remediar la desconexión" de Cataluña respecto del orden constitucional español.

En la decisión previa sobre la admisión a trámite -adoptada también por unanimidad-, el TC aprecia que los recursos plantean cuestiones sobre las que no hay doctrina de este tribunal y añade que "el asunto trasciende del caso concreto, al suscitar una cuestión jurídica de relevante repercusión social, con consecuencias políticas generales".

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