Fachada exterior del Tribunal Constitucional.

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REUNIÓN DE CARACTER EXTRAORDINARIO

El Constitucional celebrará esta tarde el pleno que suspenderá la resolución independentista

El Tribunal Constitucional ha convocado para esta tarde a las 16.30 horas el pleno que estudiará y previsiblemente admitirá a trámite la impugnación del Gobierno contra la resolución independentista del Parlament catalán, una admisión que conllevará la suspensión de la proclamación.

La Abogada General del Estado, Marta Silva de Lapuerta, ha presentado a las 12.00 horas una impugnación de la resolución del Parlament ante el Tribunal Constitucional, iniciativa que, una vez sea admitida a trámite esta tarde, determinará la suspensión provisional de la moción independentista aprobada por los diputados de Junts pel Sí y la CUP.

El recurso del Gobierno, avalado por el Consejo de Estado, da un paso más y, dado que la resolución independentista impugnada anuncia la desobediencia al TC, incluye ya los primeros pasos para desatar el incidente de ejecución previsto por la reciente reforma de la Ley Orgánica que regula al Constitucional.

Esto llevará previsiblemente al Constitucional a apercibir a las personas responsables de que una eventual desobediencia de su mandato les llevaría a incurrir en un delito y también a la suspensión de sus funciones. Los apercibidos serán el presidente en funciones de la Generalitat, Artur Mas, la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell, los integrantes de la Mesa del legislativo catalán, y los miembros del Gobierno.

La reforma legal del funcionamiento del tribunal de garantías aprobada en los últimos meses de la actual legislatura establece "un régimen específico para los supuestos de incumplimiento de las resoluciones del TC".

"En estos casos, el Tribunal solicitará un informe a quienes deban cumplirlas y, una vez se reciba el informe o venza el plazo que se hubiera dado, podrá imponer multas coercitivas, acordar la suspensión de las autoridades o empleados públicos responsables del incumplimiento, o encomendar al Gobierno de la Nación, aun en funciones, la ejecución sustitutoria", dice la norma citada.

La ley señala, además, que todas estas previsiones se pondrán en marcha "sin perjuicio de que puedan exigirse las responsabilidades penales que correspondan".

"En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído" pedirá explicaciones a la persona afectada y, en función de las mismas, adoptará las medidas previstas.

De este modo, la advertencia del tribunal de garantías a los implicados de que podrían estar cometiendo un delito de desobediencia está expresamente prevista en la reforma. En la supuesta desobediencia cometida por el presidente catalán Artur Mas en relación con la consulta del 9-N, el Abogado del Estado pidió en nombre del Gobierno al TC que le advirtiera de ese posible delito, cosa que no hizo el tribunal de garantías.

La defensa de Mas argumenta que era imprescindible ese apercibimiento para actuar penalmente contra él por desobediencia. Ahora, la reforma ha sorteado ese factor y el apercibimiento del TC se producirá de manera inmediata.

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