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DEMANDA DE AGEDI, AIE Y SGAE

La justicia exime a Nokia y Dell de pagar el canon digital

El juez encargado del caso ha confirmado que las compañías no tienen que abonar las cantidades requeridas y pueden solicitar la devolución de los pagos realizados.

Los juzgados de lo mercantil número seis y siete de Madrid han fallado a favor de Nokia y Dell en sendos procesos contra entidades de gestión de derechos por los pagos relacionados con el canon digital. El juez encargado del caso ha confirmado que las compañías no tienen que abonar las cantidades requeridas y pueden solicitar la devolución de los pagos realizados

La decisión de lo juzgados de Madrid supone una nueva derrota de las entidades de gestión de derechos en la batalla por recaudar el canon. Anteriormente, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo había confirmado que las empresas privadas no tenían que pagar las tasas relacionadas con esta medida compensatoria. El precedente más cercano sobre el asunto se produjo la semana pasada cuando la Audiencia Nacional anuló la normativa por un defecto de forma. 

Nokia y Dell han sido dos de las compañías que han mantenido batallas legales con las entidades de gestión. Las dos empresas consideran que se trata de un impuesto que no debería afectar a las compañías privadas ya que sus equipos y soportes no están destinados a copias de material de autor.

En este sentido, la Asociación De Gestión De Derechos Intelectuales (AGEDI), la asociación Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (AIE) y de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) presentaron una demanda contra Nokia por el impago del canon  el 12 de marzo de 2009. Estas entidades reclamaban a la finlandesa el pago de 5.132.237 millones de euros. En una vista posterior la cantidad se rebajó a los 4.516.007 millones de euros. 

Nokia, en espera de la resolución judicial, había ido ingresando  el importe del canon pero sin hacerlo accesible a las compañías de derechos, como medida preventiva. Ahora, el fallo del juzgado número seis de Madrid exime a Nokia de tener que pagar el canon. 

En la sentencia del tribunal se explica que el canon "es contrario al principio de jerarquía normativa, contraria al Derecho comunitario y nacional". El juez encargado del caso de Nokia ha tenido en cuenta la sentencia de Luxemburgo y la cancelación del canon efectuada por la Audiencia Nacional.

Además de eximir a Nokia del pago, la sentencia abre la puerta a que las empresas privadas puedan solicitar la devolución de las tasas en concepto de canon. 

Caso Dell
El caso de Dell ha sido similar al de Nokia. En este caso, el juzgado de lo mercantil número siete de Madrid ha fallado a favor de la compañía en una demanda interpuesta por las entidades de gestión de derechos Cedro y Vegap. En este caso del fabricante de ordenadores, se había negado a pagar el canon sobre equipos de impresión para uso propio. 

Cedro y Vegap reclamaban a Dell 661.519,11 euros en concepto de canon sobre impresoras que utilizaba para sus actividades. La compañía declaró en el proceso que ya "ha pagado mucho más de lo que debería pues entiende que no tiene que declarar ni liquidar por todos los equipos sino solo por los vendidos a particulares".  

En este caso, el juez encargado del caso también se ha amparado en las directrices europeas para dar la razón a Dell. La demanda de Cedro y Vegap ha sido denegada y ambas compañías tendrán que hacer frente a las costas del proceso. El juez ha dejado abierta la posibilidad de que Cedro y Vegap presenten apelaciones ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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