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NUEVAS MEDIDAS APROBADAS EN EL CONSEJO DE MINISTROS

La CE se da por informada de la nueva normativa española sobre desahucios

La UE fijó como condición para el rescate bancario de hasta 100.000 millones que se le informara de cualquier reforma normativa que afecte al sector financiero. El Ejecutivo ha informado ya a Bruselas, quien ha señalado que ellos no tienen que autorizar medidas de este tipo, pero sí ser consultados.

El Gobierno está obligado a "consultar" a la Comisión Europea y al Banco Central Europeo antes de aprobar ningún cambio legislativo para paliar los desahucios, según han resaltado fuentes comunitarias.

Así, la Comisión Europea ha anunciado que ha sido informada sobre la nueva normativa de protección de los deudores hipotecarios aprobada por el Gobierno español como Decreto-Ley, según dijo un portavoz comunitario.

El Ejecutivo comunitario confirmó que el ejecutivo español ha consultado con Bruselas los cambios en la normativa de hipotecas, tal y como se establecía en los objetivos fijados por la Eurozona en el rescate de la banca española para casos de nuevas medidas que puedan tener impacto sobre el saneamiento del sector financiero.

La CE "es muy consciente de las graves consecuencias sociales de la crisis, en particular sobre el nivel de deuda de los hogares en relación con las hipotecas", afirmó el portavoz comunitario de Asuntos Económicos y Monetarios, Simon O'Connor, en un comunicado.

"En este contexto, el tema de las ejecuciones hipotecarias ha sido discutido en numerosas ocasiones en el pasado entre la Comisión y las autoridades españolas, y hemos sido informados de las medidas adoptadas", añadió el portavoz.

El Real Decreto-Ley de protección de los deudores hipotecarios aprobado por el Consejo de Ministros establece un mandato al Gobierno para crear un "fondo social de viviendas", que podrán ser alquiladas por personas desahuciadas, y una paralización de los desahucios durante dos años.

Sectores que podrán acogerse a la suspensión de una ejecución hipotecaria
Quedan protegidos los colectivos sociales desfavorecidos que tengan unos niveles de renta determinados. De esta forma, la medida beneficiará a familias numerosas, monoparentales con hijos, con menores de tres años a su cargo, con personas con una discapacidad superior al 33% o en situación de dependencia o enfermedad que impida trabajar o deudores en paro y que hayan agotado la prestación por desempleo, entre otros casos.

Fuentes comunitarias recordaron que la CE y el Banco Central Europeo (BCE) no tienen que autorizar medidas de este tipo, pero ambas instituciones sí deben ser consultadas previamente y "solicitar el asesoramiento técnico" del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Según el Memorando de Entendimiento que recoge las condiciones para el rescate bancario, España tiene que consultar 'ex-ante' a la CE y el BCE sobre "la adopción de políticas relacionadas con el sector financiero que no están incluidas en el Memorando de Entendimiento, pero que pueden tener un impacto material en la consecución de los objetivos del programa".

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