Un avión de Ryanair

Publicidad

VALENCIA | POR CARECER DE DNI

Condenan a Ryanair por denegar el embarque a una niña de 2 años

El juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia ha condenado a la aerolínea Ryanair a pagar 1.001,74 euros, más intereses, a la familia afectada.

El juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia ha condenado a la aerolínea Ryanair a pagar 1.001,74 euros, más los intereses, a una familia valenciana a cuya hija de 2 años denegaron el embarque en un vuelo a Santiago de Compostela por carecer de DNI.

La sentencia, remitida por la asociación Tyrius, cuyos servicios jurídicos interpusieron la demanda en representación de la familia, es firme y también condena a la compañía irlandesa a las costas procesales.

Según ha informado Tyrius en un comunicado, Ryanair no admitió el libro de familia que llevaban los padres para identificar a la menor y le reclamaron el documento nacional de identidad que no poseía, por lo que "de forma injustificada" le denegaron el embarque, con la consecuente pérdida de vuelo y los perjuicios que ello conllevó.

El fallo señala que la compañía demandada tuvo conocimiento de la reclamación previa que interpusieron los demandantes y la rechazó, por lo que "se han visto obligados a interponer demanda e incoar un juicio, con los gastos que ello puede suponer".

"Por tanto, se considera que la sociedad demandada ha actuado con temeridad y mala fe", agrega la sentencia.

La asociación ha explicado que el Plan Nacional de Seguridad Aérea dispone que en los vuelos nacionales los menores de 14 años, siempre que vayan acompañados de sus padres, no necesitan DNI, y basta con el libro de familia.

Publicidad