Farré, exdirectivo de la SGAE

Publicidad

ACUSADO DE PAGAR PROSTITUTAS CON DINERO DE LA SGAE

Farré alega que no se le prohibió hacer "uso personal" de la tarjeta de la SGAE

El exdirectivo explica al juez en su defensa que, dado su cargo de relaciones públicas, la entrega por parte de la SGAE de una tarjeta suponía una "autorización tácita" para que la utilizara según su criterio.

El exdirectivo de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) Pedro Farré, al que la entidad acusa de hacer uso de una tarjeta corporativa para pagar prostitutas, ha alegado ante el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz que la sociedad no prohibió "un hipotético uso personal" de este medio de pago.

Según desvela un escrito presentado por el que fuera jefe de gabinete del expresidente de la sociedad Teddy Bautista, Farré explica al juez en su defensa que dado su cargo de relaciones públicas, la entrega por parte de la SGAE de una tarjeta suponía una "autorización tácita" para la utilizara según su criterio.

Ruz ha dejado este lunes en libertad sin la imposición de medidas cautelares a Farré después de tomarle declaración por espacio de una hora. El magistrado le imputa la comisión de delitos de apropiación indebida y falsedad, han informado fuentes jurídicas.

El exdirectivo de la SGAE ha asegurado a su salida de las dependencias judiciales que se encuentra "muy tranquilo" y que las acusaciones en su contra constituyen "una maniobra para mancillar" su honor y desprestigiarle.

Pagar unos 40.000 euros en locales dedicados a la prostitución de lujo.
Según han informado fuentes de la sociedad, Farré habría utilizado la tarjeta corporativa de la sociedad de gestión para pagar unos 40.000 euros en locales dedicados a la prostitución de lujo.

Estos datos y otros relacionados con un uso fraudulento de la tarjeta de la SGAE fueron puestos en conocimiento de la Guardia Civil, que el pasado viernes detuvo a Farré y le tomó declaración, dejándole en libertad posteriormente.

El escrito remitido por la defensa de Farré especifica que existe "reiterada jurisprudencia" del ámbito de lo social que apunta a que los despidos por uso de tarjetas de empresa sólo son válidos si existe una norma prohibitiva interna "expresa y formalmente comunicado al empleado".

Publicidad